NOTA METODOLÓGICA MSD. Interrelación con Asociaciones de Pacientes
Inventar para mejorar la salud y la calidad de vida de las personas es el reto por el que MSD investiga y trabaja cada día. Por ello y para ser capaces de poner a disposición de la sociedad los mejores tratamientos y soluciones para la salud, es necesario invertir en investigación, desarrollo y formación médica continuada. Esta es precisamente la esencia de nuestra actividad empresarial y de nuestra responsabilidad con la sociedad.
Nuestra labor no sería posible sin la colaboración estrecha con profesionales sanitarios, organizaciones sanitarias y las organizaciones de pacientes. Es clave que la sociedad conozca bien la importancia de establecer acuerdos de colaboración con estos agentes sanitarios para garantizar la continuidad del progreso científico y la actualización constante de los conocimientos de los profesionales de la salud que buscan, ante todo, el beneficio último del paciente y entre todos, contribuir a la sostenibilidad del sistema sanitario.
La sociedad está especialmente sensibilizada con la salud, de ahí que no sólo exija resultados, sino que también reclame saber cómo se obtienen. En este sentido, desde el sector farmacéutico en general y desde el grupo MSD en particular, publicamos desde 2008 las donaciones a organizaciones sanitarias en nuestra página web de “Grants to medical scientific and patient organizations”: https://www.msd.com/company-overview/responsibility/transparency-disclosures/ .
A partir de 2016, dimos un paso más en nuestro compromiso con la trasparencia y publicamos con carácter anual y con más detalle, en nuestra página web corporativa en España (msd.es), las llamadas ’Transferencias de Valor’ realizadas en nuestro país a profesionales de la salud y organizaciones sanitarias en concepto de, actividades formativas, prestación de servicios, donaciones e investigación y desarrollo correspondientes siempre al año anterior. En este sentido, nuestra forma de relacionarnos con los profesionales y organizaciones sanitarios es más transparente y accesible.Desde nuestros inicios, hace más de 130 años, uno de los pilares fundamentales de MSD es el compromiso con los más altos estándares de ética e integridad, unos principios que se extienden a la relación de la Compañía con los clientes, los proveedores, con nuestros empleados, el medioambiente y, en definitiva, con la sociedad.
De acuerdo con el Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria, que a su vez se basa en el Código Europeo del sector, nos comprometemos también a cumplir con las obligaciones sectoriales en materia de transparencia.
Para la correcta interpretación de esta nota es necesario destacar una serie de términos:
Transferencia de Valor: es un término muy amplio que incluye cualquier honorario por servicio, contraprestación, contribución, colaboración o incluso gasto asociado a la asistencia a actividades formativas, ya sea directo o indirecto, ya sea en efectivo o en especie. No tienen por qué conllevar el intercambio dinerario con un profesional sanitario o con una organización sanitaria.
Será una Transferencia de Valor Directa (TVD) aquella que se realice directamente a favor del beneficiario de esta. Por ejemplo, una TVD podría ser el importe recibido por el profesional sanitario contratado por la compañía biofarmacéutica como asesor o ponente en una materia determinada.
Será Transferencia de Valor Indirecta (TVI) aquella hecha a un tercero (como un proveedor de servicios o agencia que gestiona eventos) en nombre de MSD a favor del beneficiario de esta, siempre que MSD pueda identificarle como, por ejemplo, la recibida (indirectamente) por un profesional sanitario cuando el laboratorio gestiona y paga a la secretaría técnica de un congreso médico su traslado e inscripción. Ha de considerarse que habitualmente las TVI se refieren a actividades de formación médica y no suponen ni pago, ni retribución al profesional sanitario.
En todo caso, las transferencias de valor objeto del ejercicio de trasparencia no tienen relación conceptual con aspectos impositivos.
Organización de pacientes: organización sin ánimo de lucro, incluidas las organizaciones paraguas a las que pertenecen, compuesta principalmente por pacientes y/o sus cuidadores, que representa y/o apoya las necesidades de los pacientes y/o de sus cuidadores.
Organización sanitaria: toda persona jurídica o entidad que sea una asociación médica o científica, institución sanitaria (cualquiera que sea su forma jurídica o de organización) tales como hospitales, clínicas, fundaciones, universidades y otras entidades académicas, sociedades científicas (excluidas las organizaciones de pacientes cubiertas por el artículo 17 del Código de Farmaindustria) o a través de las cuales presten servicios uno o más profesionales sanitarios.
Profesional sanitario: cualquier miembro de la profesión médica, odontológica, farmacéutica, de enfermería o, cualquier otra persona considerada legalmente como tal, incluyendo personas que, en el ejercicio de su profesión, pudieran realizar o condicionar las actividades de prescribir, comprar, suministrar, dispensar o administrar medicamentos de uso humano.
El resto de los conceptos utilizados en esta nota metodológica son los recogidos en el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica.
Para conocer cómo se va a desarrollar esta iniciativa común a todas las compañías farmacéuticas, se puede obtener más información en la página web de la patronal Farmaindustria: www.codigofarmaindustria.org.
Recomendamos para una comprensión completa de las trasferencias de valor objeto de publicación es necesario leer la presente nota de manera completa, incluyendo tanto la parte descriptiva como la parte técnica de la misma.
En esta nota metodológica se incluye información explicativa concreta de MSD, que podemos resumir de la siguiente forma:
1) OBJETIVOS
MSD en España, desde su ética e integridad, se compromete a: promover a actuar bajo los principios de independencia, respeto mutuo, no promoción, multipatrocinio y transparencia a en las interacciones con las Organizaciones de Pacientes, , especialmente cuando de las mismas se pueda derivar alguna ’Transferencia de Valor’; a proporcionar información respecto al alcance y naturaleza de dichas interacciones y a identificar y favorecer la comprensión de por qué estas relaciones son necesarias para la investigación y desarrollo de nuevos medicamentos y vacunas para garantizar el uso racional de los mismos. Asimismo, pretendemos contribuir a generar mayor credibilidad y confianza en nuestro sector empresarial.
2) QUÉ APORTA
A pacientes y al público en general. Más información y comprensión del valor añadido que este tipo de acciones y actividades representan para la sociedad y para el sistema sanitario.
A profesionales y organizaciones sanitarios. Posibilidad de cuantificar el importante papel de las compañías biofarmacéuticas en materias como la investigación, el desarrollo y la formación médica continuada.
A los investigadores. Conocer la inversión que las compañías farmacéuticas realizan en I+D e incluso el detalle de la remuneración de los investigadores y de los centros de investigación en nuestro país.
A las compañías biofarmacéuticas. Acreditar el compromiso de colaboración y mejora continua de nuestro sector, validar la legítima necesidad de interrelación entre compañías biofarmacéuticas y profesionales sanitarios y reafirmar el interés del sector farmacéutico en que estas colaboraciones se lleven a cabo respetando los más estrictos principios éticos, de profesionalidad y responsabilidad.
3) QUÉ INFORMACIÓN INCLUYE ESTA WEB
En este espacio, se reflejan las “transferencias de valor” realizadas por MSD a los profesionales sanitarios y a las organizaciones sanitarias en los conceptos que se exponen posteriormente.
Donaciones (solo aplicable a organizaciones sanitarias). Por ejemplo, materiales médicos o ayudas económicas destinadas a colaborar con la asistencia sanitaria social o humanitaria, de investigación, de docencia o formación.
Colaboración en actividades formativas y reuniones científico-profesionales, detallando el proyecto al que va destinado.
Por ejemplo, esto puede incluir el patrocinio mediante apoyo financiero en una iniciativa de una Organización de Pacientes.
Prestación de servicios, detallando el proyecto en el que la asociación ha participado.
Por ejemplo, este concepto puede incluir la contratación para que preste a la compañía servicios de asesoramiento o consultoría en una determinada materia.
Queremos advertir expresamente que de la publicación de esta información que realiza MSD no se deriva en absoluto una habilitación general para que quienes accedan al sitio web puedan llevar a cabo un tratamiento adicional de los datos de los profesionales sanitarios, tales como su cruce con las informaciones publicadas en los sitios web de otras compañías.
Volvemos a reiterar que para una comprensión completa de las ‘Trasferencias de Valor’ objeto de publicación es necesario leer la presente nota de manera completa, incluyendo tanto la parte descriptiva como la parte técnica de la misma.
En caso de que los eventos de terceros se cancelen independientemente de la voluntad de MSD la ‘Transferencia de Valor’ publicada será la cantidad de los costes que MSD no haya podido recuperar.
DETALLES TÉCNICOS DE LA PUBLICACIÓN DE MSD
1.0 INTRODUCCIÓN
Tal y como se establece en la parte descriptiva de la presente nota metodológica, en MSD entendemos que la interacción entre los profesionales sanitarios, las organizaciones sanitarias, las organizaciones de pacientes y la industria farmacéutica es necesaria y tiene un impacto muy positivo en la calidad y la asistencia sanitaria de los pacientes, así como en la investigación y desarrollo de nuevos tratamientos. Nuestra sociedad demanda a la industria farmacéutica que sea capaz de poner a su disposición los mejores medicamentos posibles. Para alcanzar este objetivo es necesario invertir en ámbitos como la investigación y desarrollo o las actividades formativas, entre otras, que requiere ineludiblemente de la colaboración estrecha con profesionales, organizaciones sanitarias y organizaciones de pacientes.
Es beneficioso que estas colaboraciones sean transparentes y que la sociedad pueda confiar en que las mismas obedecen a la necesidad de desarrollar nuevos medicamentos, a una constante actualización de los profesionales de la salud, atendiendo siempre a la evidencia científica y a su aplicación a la práctica clínica, todo ello con el objetivo común de atender las necesidades sanitarias de los pacientes en su más amplio sentido.
Así, desde 2014 la industria farmacéutica ha asumido voluntariamente compromisos en materia de transparencia y, a partir del 1 de enero de 2016, todos los laboratorios adscritos al Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica publicaron en su página web las transferencias de valor realizadas a profesionales, organizaciones sanitarias y organizaciones de pacientes en concepto de donaciones, actividades formativas, prestación de servicios e investigación y desarrollo correspondientes al año anterior. Esta información se actualiza cada año (todos estos conceptos se desarrollan más adelante).
Para obtener más información sobre esta iniciativa puede acceder a la siguiente web: www.codigofarmaindustria.org
2. ALCANCE
Esta nota metodológica define el proceso de implantación que MSD ha desarrollado para la implementación de este proyecto dando un paso más en su compromiso con la transparencia, incluyendo, entre otros, detalles sobre las actividades formativas internas, cambio de nuestros sistemas, plataformas y procesos. El alcance de esta nota pretende aclarar las posibles dudas que pudieran surgir sobre la forma en la cual se están dando a conocer estos datos, llamados en el sector ’Transferencias de Valor’ y que, más allá de lo establecido por el Código de la Industria Farmacéutica, pudieran suponer diferencias frente otras compañías del sector.
El alcance de la presente publicación se refiere a las Transferencias de Valor (TV) realizadas por nuestra Compañía a las organizaciones de pacientes en los conceptos citados anteriormente, cuya realización y transferencia de valor tuvo lugar en el año al que ser refiere el informe.
3. RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN A PUBLICAR E IDENTIFICACIÓN DE LOS DESTINATARIOS
3.1.RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN
La información publicada por MSD ha sido recogida a través de los contratos y documentación establecida para cada interacción tanto con las organizaciones de pacientes, como con los intermediarios que actúan en nuestro nombre.
La incorporación de la información en los diferentes sistemas que tiene la compañía es tratada posteriormente en diferentes cuentas contables que identifican las diferentes transferencias de valor, tanto directas como indirectas, para su correcta publicación. MSD recopila esta información en base a datos individualizados tanto de organizaciones sanitarias, organizaciones de pacientes, de profesionales sanitarios, como en organizaciones de pacientes.
Las transferencias de valor realizadas a asociaciones de pacientes se publica de forma individualizada, tal y como establece Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica, siendo también individualizado la publicación de cada proyecto.
3.2 FECHA UTILIZADA PARA LA RECOPILACIÓN Y PUBLICACIÓN
Para garantizar una mejor calidad de los datos con la mayor transparencia posible, MSD ha decidido tratar las fechas utilizadas para la publicación de las transferencias de valor de la siguiente forma:
En las TVD, la fecha de contabilización de la factura en nuestros sistemas.
En las TVI, la fecha de desarrollo de la actividad formativa o científica.
Las transferencias de valor, tanto directas como indirectas, han sido tratadas por su valor en bruto.
3.3 IDENTIFICADORES ÚNICOS
En MSD se ha implantado un identificador para organización de pacientes, a fin de que todos los sistemas de la Compañía, tanto a nivel local, como internacional, cuenten con un único código, que permita verificar y respaldar los datos publicados.
Este número de identificación contiene información relevante como el domicilio En aquellos casos en los que se refiere a información de carácter personal, ésta ha sido recogida de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
También debemos aclarar que en lo relativo a los importes que se han publicado en las diferentes transferencias de valor, se refieren a interrelación únicas con la organización de pacientes.
4. CATEGORÍAS DE LAS TRANSFERENCIAS DE VALOR
4.1 DONACIONES Y SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES DE PACIENTES
Tal y como establece el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica, en MSD sólo están permitidas las donaciones o subvenciones que:
- Se realizan con el propósito de colaborar con la asistencia sanitaria, la investigación, la docencia/formación o la asistencia social o humanitaria.
- Se formalizan documentalmente conservando en MSD copia de estos documentos.
- No constituyen un incentivo para la recomendación, prescripción, compra, suministro, venta o administración de medicamentos.
El compromiso de MSD con la transparencia viene de antes de esta iniciativa; desde 2008 a nivel corporativo, la Compañía publica este tipo de donaciones y subvenciones en su página web corporativa de “grants to medical scientific and patient organizations”: http://www.msdresponsibility.com/ethics-transparency/transparency-disclosures/
Destacamos que en MSD tanto a nivel corporativo como a nivel local existen políticas y procedimientos que establecen controles aún más restrictivos para la realización de donaciones o subvenciones, como enumeramos, a modo de ejemplo, a continuación:
- Creación de un Comité de “Grants & Donations”, que evalúa aspectos como: la idoneidad de la organización sanitaria solicitante, el objetivo e impacto en el sistema de salud de la donación y la ética de la iniciativa.
- Se establece un flujo de aprobación individualizado.
- Monitorización y auditoría de aplicación de los fondos por parte del departamento de Compliance de MSD.
4.2 COLABORACIÓN EN REUNIONES CIENTÍFICAS Y PROFESIONALES
La colaboración en reuniones científicas es clave para conocer las novedades en relación con los últimos avances de la ciencia y, en consecuencia, para que los pacientes reciban la mejor asistencia y los mejores tratamientos disponibles y una de las vías fundamentales de contribución a la sostenibilidad del sistema sanitario. Por ello, desde MSD, se han establecido programas e iniciativas de formación y apoyo formativo que incluyen las trasferencias de valor que más adelante se van a detallar.
Para este tipo de reuniones desde MSD se analiza previo al compromiso de colaboración el calado científico del evento analizando que cumple con los estándares adecuados que garantizarán su calidad. Asimismo, se exige que la hospitalidad de la reunión sea acorde a la establecida en el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica.
Es esencial que las organizaciones sanitarias y de pacientes sean íntegras y no se vean sometidas a conflictos de interés para la realización de este tipo de colaboraciones, por lo que MSD se ha puesto en marcha un procedimiento de comprobación de las mismas (denominado de “Due Diligence” – Diligencia Debida-) que bajo una serie de controles financieros, éticos y de procedimientos pretende garantizar la integridad de las mismas.
MSD colabora en este tipo de reuniones científicas asumiendo en algunos casos el pago de inscripciones y/o el desplazamiento/alojamiento necesarios para la realización de estas actividades formativas, no realizando en ningún caso pago directo a profesionales sanitarios o pacientes en relación con estos conceptos. Adicionalmente nuestro departamento Médico establece los criterios objetivos y adecuados en función del contenido médico/científico de la actividad para determinar las audiencias más adecuadas.
Siempre que sea posible MSD procederá a realizar una asignación individualizada de todas las diversas transferencias de valor previstas en el Código.
En caso de que una actividad o servicio finalmente no se haya llevado a cabo, en el informe de transparencia se publicarán aquellos gastos derivados de la cancelación de los servicios.
4.3 COLABORACIONES / PATROCINIOS CON ORGANIZACIONES DE PACIENTES / TERCEROS ASIGNADOS POR ORGANIZACIONES DE PACIENTES PARA LA GESTIÓN DE EVENTOS
En MSD hemos establecido procedimientos financieros para recoger los dos casos tratados en este apartado de colaboraciones o patrocinios, donde la ‘Transferencia de Valor’ se realiza directamente a la organización de pacientes o se realiza a un tercero, asignado por ésta para la gestión del evento. En todo caso, a la hora de transparentar estas transferencias de valor, se imputarán todas a la organización de pacientes por el importe total correspondiente.
En este apartado se detallarán aspectos específicos de estas transferencias de valor desde un punto de vista interno de MSD:
Colaboraciones / Patrocinios con organizaciones de pacientes
En MSD se han establecido normas de actuación y procedimientos con el objeto de establecer y garantizar que estas colaboraciones y reuniones se realizan para la mejora de la salud de los pacientes a través de la calidad asistencial, mediante la divulgación de información científica, médica, fármaco-económica y/o médico-profesional de calidad, y salvaguardando que no se realizan bajo otros criterios distintos y en todo caso evitando que puedan condicionar la prescripción, compra, distribución, dispensación o administración de medicamentos. Además, este tipo de colaboraciones se realizan mediante la firma de un contrato con carácter previo donde se recogen los detalles de la colaboración.
Además de lo anteriormente establecido para las colaboraciones y patrocinios y para garantizar el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica, así como las políticas y procedimientos de MSD, la gestión de los aspectos logísticos relacionados con las actividades de terceros o de MSD, se realizan a través de los proveedores homologados por la compañía, no estando autorizado el uso de otros proveedores. Estos proveedores, además de ser homologados por el departamento de Compras de MSD, son formados y auditados de forma periódica por la Compañía.
Colaboraciones/Patrocinios con terceros asignados por organizaciones de pacientes para la gestión de eventos.
Para este tipo de transferencias de valor se cumple todo lo anteriormente establecido. Asimismo, y como se ha detallado previamente, desde un punto de vista de transparencia y del cumplimiento relativo a la misma, las transferencias de valor realizadas a terceros asignados por las organizaciones de pacientes para la gestión de eventos, como por ejemplo una secretaría técnica de un congreso, será imputada a la asociación en la publicación final.
4.6 PRESTACIÓN DE SERVICIOS
En MSD la contratación de asociaciones de pacientes, o sus representantes para la prestación de servicios se basa en una legítima necesidad de obtener estos servicios. Este tipo de servicios que se pueden contratar con una organización de pacientes con el propósito de colaborar con la asistencia sanitaria y/o investigación y, en ningún caso está vinculada ni relacionada con actos promocionales de un medicamente.
5. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos de carácter personal relativos a las transferencias de valor detalladas en este documento de metodología han sido recogidos y tratados conforme a la legislación aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal y a lo establecido por la Agencia Española de Protección de Datos, en su Informe de fecha 22 de abril de 2016, para las finalidades indicadas en los documentos y acuerdos de servicio suscritos en cada caso con los profesionales sanitarios. En este Informe de la Agencia Española de Protección de Datos específicamente se aboga por la ponderación entre el interés legítimo de la publicación individualizada y los derechos individuales en aras de promover una cultura de integridad en las transacciones con los profesionales sanitarios.
MSD utilizará dichos datos personales a los efectos de dar cumplimiento a su compromiso de transparencia con el detalle previsto en el Código de buenas Prácticas de la Industria farmacéutica (incluyendo descripción de la/s actividad/es, tipo de colaboración/es, importe/s y destinatario).
En cualquier momento los profesionales sanitarios pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos según lo establecido en la política de privacidad https://www.msdprivacy.com/es/es/index.html
La publicación de esta información que realiza MSD no implica una habilitación general para llevar a cabo un tratamiento de los datos de los profesionales con finalidades distintas a las acordadas en su recogida. El cruce con las informaciones publicadas en los sitios web de otros asociados supondría un tratamiento ilegítimo y/o no consentido de datos de carácter personal.
6. PUBLICACIÓN
6.1 COMPROBACIONES CON LA PUBLICACIÓN
MSD ha puesto a disposición el centro de atención telefónica (+34 900 850 555) para que los profesionales y organizaciones puedan llamar en caso de duda o comprobación de los datos transparentados en el informe. El objetivo de esta vía es poder comprobar toda la información que consta en nuestros sistemas en relación con el tratamiento de la información como, por ejemplo: datos de contacto, domicilio, centro profesional o transferencias de valor realizadas. En caso de que haya discrepancias en alguna de las informaciones, se traspasarán las mismas a las personas encargadas del informe dentro de la compañía para aclarar y modificar los datos en caso necesario.
Así mismo para garantizar la información obrante en los sistemas y que su extracción y análisis se ha realizado correctamente en MSD se ha nombrado la función del “Data Steward”, destinando recursos a la correcta implementación del proyecto.
6.2 LUGAR DE ACCESO DE LOS DATOS
La publicación de los datos se realizará en la web de cada una de las compañías y además habrá un enlacea Farmaindustria.
7. DOCUMENTOS DE INTERÉS
Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica (Farmaindustria):
https://www.codigofarmaindustria.org/servlet/sarfi/elcodigo.htmlOtros documentos de Farmaindustria:
https://www.codigofarmaindustria.org/servlet/sarfi/doctransparencia.htmlCódigo de la EFPIA:
https://efpia.eu/relationships-code/the-efpia-cod8. AVISO LEGAL
Utilizamos una combinación de sistemas automatizados, procedimientos estandarizados y entrada de datos manual a través de recursos internos y externos para recopilar información relevante y su posterior publicación. La información publicada refleja nuestra buena fe y mejores esfuerzos para cumplir con las disposiciones del artículo 18 del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica de FARMAINDUSTRIA. En el caso de que, pese a nuestros mejores esfuerzos para asegurar una publicación que refleje fielmente las transferencias de valor llevadas a cabo, no hayamos logrado incluir información correcta y completa, lo investigaremos y daremos una respuesta adecuada en el caso de que la información sea incorrecta.
La información publicada según los requerimientos del Código en este sitio web será utilizada únicamente con el fin de cumplir con las disposiciones del Código.
Los datos no son adecuados para ser utilizados en ningún caso como referencia fiscal o a otros efectos, ya que los conceptos utilizados son específicos para el objetivo sectorial de transparencia, no coincidiendo ni los importes ni los conceptos con otras posibles categorías legales o públicas.
MSD, de acuerdo con las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos, ha adoptado niveles de seguridad para evitar la indexación de la información a través de motores de búsqueda.
Queremos advertir expresamente que de la publicación de esta información que realiza MSD no se deriva en absoluto una habilitación general para que quienes accedan al sitio web puedan llevar a cabo un tratamiento adicional de los datos de los profesionales, tales como su cruce con las informaciones publicadas en los sitios web de otros asociados.
En todo caso para una comprensión completa de las trasferencias de valor objeto de publicación es necesario leer la presente nota de manera completa, incluyendo tanto la parte descriptiva como la parte técnica de la misma.